El próximo 21 de abril entra en vigor la retención del 1 % correspondiente a las actividades encuadradas en estimación objetiva o módulos (ver entrada con las actividades y documento a presentar si estando dado de alta en estos epígrafes se encuentran bajo el régimen de estimación directa).
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3 comentarios:
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¿21 de abril? ¿No sería el 1 de mayo: in mes después de la publicación del reglamento?
ResponderEliminar¿Por qué el 21 de abril?
ResponderEliminarLa Orden que regula el régimen de estimación objetiva ha fijado la fecha del 21 de abril como el inicio para aplicar la retención del 1%, así como, fija también hasta esa fecha la posibilidad del cambio de régimen de estimación objetiva a directa.
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