La AEAT permite cancelar las domiciliaciones de pago

25 octubre 2007



Durante este trimestre pasado, me surgió la duda de como paralizar una domiciliación de pago emitida en plazo (antes del día 15) y me encontré con que hasta el día 23 de octubre esto no era posible, sólo había dos formas de solucionar esta situación:

1. Presentar escrito solicitando el ingreso indebido realizado.
2. Pagar la cantidad domiciliada y presentar complementaria en plazo, para evitar la sanción, por la cantidad que no hubiera sido domiciliada.

En el día de ayer la Agencia Tributaria, mediante la siguiente dirección web y previa disposición de certificado de usuario:

https://www4.aeat.es/es13/h/ie5recmc.html


ha habilitado la opción de cancelar las órdenes de domiciliación dadas, siempre que estas se realicen en el plazo correspondiente a la presentación del impuesto. Tendríamos hasta el día 20 para cancelar la orden de domiciliación.

Vía AEAT
En ContaFisca

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