Aprobada la devolucion de los 400 euros

01 junio 2008

La ya famosa "devolución" de los 400 euros, se ha visto por fin plasmada en el Boletín Oficial del Estado mediante el Real Decreto 861/2008, del pasado 23 de mayo y que podrán encontrar en esta misma entrada para su descarga.

En esta Real Decreto también se modifica la Ley del IVA, ya que se producirá una disminución del tipo impositivo del 16 % al 7 %, en los casos de rehabilitaciones de vivienda cuyos costes superen el 25 % del precio de compra, excluyendo de este precio de compra el valor del suelo, tal y como explicamos en una anterior entrada.

La aplicación práctica de la devolución de los 400 euros, se verá reflejada para los contribuyentes en el cálculo de la nómina del mes de junio, ya que será en este mes donde se va a producir la primera devolución de las retenciones a través de un máximo de 200 euros. Los restantes 200 euros se devolverán proporcionalmente en las nóminas de los próximos seis meses, a razón de 33,33 euros.

Ejemplo:

Si a un contribuyente le retienen en su nómina 250 euros, con la aprobación de este Real Decreto, verá como su retención disminuye hasta lo 50 euros, ingresando en el mes de junio 200 euros más como salario.

¿Qué pasa si al contribuyente le retienen menos de 200 euros?, pues que como máximo le devolverán la cantidad que le retengan en la nómina. La cantidad que le falte hasta los 200 euros se "acumulará" para los sucesivos meses hasta completar en el mes de diciembre la devolución de los 400 euros prometidos.

A partir del año 2.009, la devolución de los 400 euros, se prorrateará durante las doce nóminas mensuales a razón de, 33,33 euros.

En cuanto a los contribuyentes que realizan actividades económicas, la devolución se realizará de la siguiente manera, en el mes de julio se producirá una reducción en los pagos fraccionados de 200 euros y 100 euros en los pagos a realizar en el mes de octubre y enero de 2.009. La cantidad que no se consuma en un trimestre, se podrá deducir en el siguiente del ejercicio 2.008.

En Contafisca

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