La deduccion por vivienda y el Programa PADRE

03 junio 2008

img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 320px; CURSOR: pointer; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://estaticos02.cache.el-mundo.net/mundodinero/imagenes/2008/05/23/1211561669_3.jpg" border="0" />

El programa Padre utilizado por los contribuyentes españoles para realizar su declaración de la renta, este año, contiene un error a tener en cuenta, la casilla 737.

¿Por qué es importante esta casilla?.

Porque recoge una compensación por tener una hipoteca antes del 20 de enero del año 2.006. Los contribuyentes que hayan adquirido una vivienda antes de esta fecha mediante una hipoteca que cubra el 50 % o más del coste del piso, tienen derecho a una compensación, como consecuencia de la Ley de IRPF que entró en vigor el pasado día 1 de enero de 2.007 y que ha reducido en un 15 % la deducción por vivienda.

Anteriormente, durante los dos primeros años la desgravación por vivienda llegaba al 25% para la mitad (4.507,5) del máximo que se puede deducir (9.015 euros) y al 20% para esa misma cifra durante los años siguientes.

La deducción mediante esta compensación adicional puede suponer para el contribuyente un ahorro fiscal de 450 euros, si se encuentra en el primer caso y de 225 euros para el segundo.

Si el contribuyente tiene derecho a esta deducción, cuando introduzca sus datos en el Programa Padre, dentro de la pantalla de deducción por inversión en vivienda habitual, en la que se le realizará la deducción en vigor del 15 %, también deberá rellenar la pestaña de compensación por adquisición de vivienda habitual.



El Programa PADRE no avisa de esta deducción y no envía al usuario a la pestaña de compensación.

Cuando introducimos la fecha de compra, si esta es anterior al 20 de enero de 2.006, nos aparece el siguiente mensaje en la pantalla:

" Compruebe las cantidades reflejadas a efectos de la compensación por inversión en la adquisición de vivienda habitual efectuada antes de 20 de enero de 2006 con financiación ajena".

Es entonces, cuando el contribuyente deberá pinchar en la pestaña de compensación para rellenar la casilla 737.


En Contafisca

Tributación de la deducción por vivienda en el IRPF
Programa PADRE
Actualización del Programa PADRE

Más información

El Mundo
Cinco Días

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah