Comentamos en su momento, al hablar sobre el inicio del cierre del tercer trimestre fiscal, la principal novedad que se producía en este trimestre, la presentación obligatoria de los modelos fiscales para las sociedades mercantiles, ya sean S.A. o S.L. (cuya primera letra del N.I.F. empiece por A o B), por internet.
Para poder realizar la presentación telemática de los impuestos es obligatorio disponer de certificado digital a nombre de la empresa, las empresas cuya contabilidad es llevada o revisada por una asesoría externa no tienen problemas, ya que éstas disponen de certificado digital de colaborador mediante el cual pueden presentar todas las declaraciones de las empresas que asesoran. Las empresas que no tienen contratado este servicio, deberán solicitar el certificado digital antes del 20 de octubre o bien acudir a una asesoría, para que previo pago de los gastos de gestión y envío realicen la presentación telemática de sus impuestos, a su vez será obligatorio que la asesoría disponga de un documento donde dicha empresa le autorice a la presentación de los modelos fiscales para evitar posibles problemas futuros.
La presentación de los impuestos durante este trimestre podrá realizarse de dos maneras diferentes:
1. Domiciliación bancaria.
Fecha para la presentación de los modelos fiscales límite, el 15 de octubre, siendo cargados en cuenta por la Agencia Tributaria, el día 20 de octubre.
2. Pago mediante NRC.
En el caso de que el modelo resulte positivo, a ingresar, podemos realizar el pago a través de nuestro banco en internet, si éste nos permite la opción de pago de impuestos o bien acudir a una oficina física y realizar el pago del impuesto en cuestión. Una vez realizado el ingreso a la cuenta de la Agencia Tributaria, el banco deberá proporcionarnos el denominado NRC (Número de Referencia Completo), este dato es muy importante, sin el no podremos realizar la presentación telemática de nuestros impuestos.
El plazo de límite para presentar nuestros modelos mediante este sistema finaliza el 20 de octubre.
En ContaFisca
Cierre tercer trimestre 2.008
Más información
Para poder realizar la presentación telemática de los impuestos es obligatorio disponer de certificado digital a nombre de la empresa, las empresas cuya contabilidad es llevada o revisada por una asesoría externa no tienen problemas, ya que éstas disponen de certificado digital de colaborador mediante el cual pueden presentar todas las declaraciones de las empresas que asesoran. Las empresas que no tienen contratado este servicio, deberán solicitar el certificado digital antes del 20 de octubre o bien acudir a una asesoría, para que previo pago de los gastos de gestión y envío realicen la presentación telemática de sus impuestos, a su vez será obligatorio que la asesoría disponga de un documento donde dicha empresa le autorice a la presentación de los modelos fiscales para evitar posibles problemas futuros.
La presentación de los impuestos durante este trimestre podrá realizarse de dos maneras diferentes:
1. Domiciliación bancaria.
Fecha para la presentación de los modelos fiscales límite, el 15 de octubre, siendo cargados en cuenta por la Agencia Tributaria, el día 20 de octubre.
2. Pago mediante NRC.
En el caso de que el modelo resulte positivo, a ingresar, podemos realizar el pago a través de nuestro banco en internet, si éste nos permite la opción de pago de impuestos o bien acudir a una oficina física y realizar el pago del impuesto en cuestión. Una vez realizado el ingreso a la cuenta de la Agencia Tributaria, el banco deberá proporcionarnos el denominado NRC (Número de Referencia Completo), este dato es muy importante, sin el no podremos realizar la presentación telemática de nuestros impuestos.
El plazo de límite para presentar nuestros modelos mediante este sistema finaliza el 20 de octubre.
En ContaFisca
Cierre tercer trimestre 2.008
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Para completar tu post, yo añadiría la otra posibilidad de que disponen los contribuyentes que, además, en una época como la en la que nos encontramos, le va a venir bien a más de uno. Se trata de la presentación telemática con solicitud de compensación, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
ResponderEliminarSi quieres ampliar información al respecto puedes visitar este post que escribí recientemente:
http://bartolomeborrego.wordpress.com/2008/10/02/presentacion-telematica-de-declaraciones-iii-pago-telematico-de-declaraciones-a-ingresar/
Saludos