Quince días para desahucio de morosos

13 agosto 2009

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y la eficiencia energética de los edificios.

Entre las medidas aprobadas se encuentra el desahucio de los inquilinos morosos en un plazo máximo de quince días, desde que exista sentencia judicial firme. El arrendador tiene también la posibilidad de proponer al inquilino el desalojo voluntario de la vivienda, contando con un plazo de quince días para dejar la vivienda. En el caso de que el inquilino no se fuera en estos quince días, intervendría un juez y entraría en vigor el desahucio forzoso, disponiendo el inquilino de quince para irse del piso.

Junto a la anterior medida también se ha aprobado que no existe obligación de prorrogar el contrato de alquiler obligatoriamente, cuando el arrendador necesite la vivienda para sus padres, hijos o ex pareja. En el caso de que en tres meses no se produjera la ocupación de la vivienda, el arrendador debería indemnizar al inquilino por los gatos de desalojar la vivienda y el inquilino podría volver a ocupar la vivienda.

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