Nuevas obligaciones tributarias

13 enero 2010



Ya habíamos hablado de la obligación que se iba a imponer a las entidades financieras de informar a la Agencia Tributaria sobre los ingresos en las cuentas bancarias de las personas, cuando éstos obtuvieran más de 3.000 euros anuales a través de cobros con tarjeta de créditos, persiguiendo las operaciones fraudulentas que las empresas y los autónomos realizan. Sobre todo las empresas, por el desvío que realizan de ingresos no declarados a la Agencia Tributaria y que terminan en las cuentas de sus dueños.

El pasado viernes se produjo la aprobación del Real Decreto que reflejó en ley lo que ya habíamos comentado semanas anteriores.

En este Real Decreto también se aprobó o mejor se volvió a recordar a los notarios que en las escrituras de compra-venta deben reflejar claramente la forma de pago acordada, debemos recordar que el Gobierno ya introdujo esta novedad en el año 2.006 (ver entrada), lo que demuestra que hasta el día de hoy los Notarios no estaban cumpliendo con lo que les exigía la Agencia Tributaria en su lucha contra el fraude fiscal.

También introduce la posibilidad de dar una dirección electrónica a empresas y personas físicas para empezar a dejar de recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria a través de correo ordinario y recibirlas vía internet en nuestro correo electrónico.

Vía |
Imagen | morrissey

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