El desempleo de los autónomos

16 noviembre 2010



Desde el pasado día 6 de noviembre los trabajadores autónomos de forma voluntaria, pueden aumentar la cotización que realizan en su cupón, con el objetivo de poder acceder desde el próximo 1 de enero del año 2.011 a una prestación similar al desempleo, siempre que se produzca el cese en la actividad de su negocio.

Para ello, los autónomos deberán acudir a su Mutua para que les reconozca su derecho a solicitar la prestación por cese de actividad.

Como hemos comentado este aumento de cotización es voluntario, únicamente debe realizarse si el autónomo quisiera posteriormente solicitar la prestación por cese de actividad, pero para los autónomos económicamente dependiente y aquellos autónomos que tengan profesiones denominadas de riesgo, se convierte este aumento de cotización en obligatorio.

Los autónomos económicamente dependiente son aquellos autónomos cuyo porcentaje de ingresos económicos procede en más de un 75 % de un único cliente.

Los autónomos que tengan ya cubiertas las contingencias profesionales (enfermedad profesional y accidente de trabajo) y soliciten que se les incluya también la prestación por cese de actividad, verán incrementada su cotización en el 1,7 %. Según los cálculos realizados por la Asociación de autónomos ATA, el pago del cupón se incrementará en unos 15 euros más al mes  para recoger esta posibilidad.

Hay que recordar que aparte de este aumento de cotización, otro de los requisitos que se exige para el cobro de la prestación por cese de actividad es haber cotizado al menos durante 12 meses continuados antes de solicitar la prestación.

La duración máxima que puede cobrarse esta prestación será de 12 meses si el autónomo ha estado pagando el cupón durante 48 meses como mínimo y disminuirá en función del período de tiempo que se haya cotizado.

Vía | 
Imagen | Andres Rueda
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