Constitución de sociedades mercantiles más rápido

24 diciembre 2010



El Gobierno pretende que ayudar a la creación de empresas acortando el período que necesita un emprendedor para poner en marcha su sociedad. Ha anunciado que tan sólo en un día podrá crearse una sociedad y que el coste económico de la misma no sobrepasará los 100 euros. Cualquiera que haya creado una empresa saber que estos datos son totalmente falsos, es imposible crear una empresa en un día por las exigencias de documentación que se exige y el coste económico que supone la creación supera muy ampliamente los 100 euros. 

Es en el Real Decreto Ley 13/2.010 de 3 de diciembre en el que se regula la rápida creación de sociedades entre uno y cinco días como máximo. Pero como estamos acostumbrados, una cosa es la Ley y otra bien distinta es poder ponerla en práctica.

En teoría en un día, el Registro Mercantil Central de Madrid debe respondernos a nuestra petición de solicitud del nombre para nuestra sociedad, si este esta ya siendo utilizado o si esta libre.

El segundo día lo utilizaríamos para acudir al Notario a firmar la escritura de constitución, el día anterior se supone que ya tenemos la respuesta del Registro Mercantil mediante el oportuno certificado y en este segundo día tendríamos también que haber realizado la aportación en una entidad bancaria de la aportación al capital social para constituir la sociedad. El Notario enviará telemáticamente las escrituras de constitución al Registro Mercantil provincial.

Días tres, cuatro y cinco, nos tocará esperar la respuesta del Registro Mercantil provincial para conocer si hay que subsanar por errores la escritura de constitución o estaba toda la documentación correcta.

Los costes económicos que nos indica el Estado serán de 100 euros para el notario y 150 para los Registros Mercantiles.

Si tenemos prisa por constituir una sociedad el Gobierno nos garantiza realizarlo en un sólo día, para ello utilizaremos los modelos de escrituras de constitución que tiene el Ministerio de Justicia que llevaremos junto con el certificado negativo expedido por el Registro Mercantil Central, el Notario una vez firmadas las escrituras las remite vía telemática al Registro Mercantil provincial y este en siete horas hábiles debe de proporcionar una respuesta.

Los costes económicos descienden considerablemente, 60 euros para el notario y 40 euros para los Registros.

Esta es la teoría ya hora queda la práctica, si alguien es capaz de crear una empresa en el período indicado por el Gobierno que nos deje un comentario.

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Imagen | Viernest
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