Las Agencias de Colocación

29 diciembre 2010



A pesar de haberse aprobado la posibilidad de que las ETT´s o Agencias de Colocación, en denominación del Gobierno, puedan colaborar con el INEM colocando a parados, estas no lo van a tener tan fácil para quitarles esta función.

Para evitar la creación de empresas que puedan vivir de ayudas públicas exclusivamente y del fraude, el Gobierno va a establecer una serie de requisitos que va a exigir a este tipo de empresas si quieren colaborar en la colocación de desempleados. Entre ellos estarían:

- Fondos Propios

La actividad de la empresa deberá realizarse como mínimo con un 40 % de fondos de la propia empresa y no de ayudas públicas.

- No al cobro a los desempleados

Ninguna empresa podrá cobrar por estos servicios al desempleado, sino al INEM.

- Deberán cumplir unos índices mínimos de colocación

Con esto el Gobierno pretende lo que hemos apuntado anteriormente que no se creen este tipo de empresas para vivir de las subvenciones públicas.

El Gobierno exigirá que se atienda un número mínimo de desempleados en sus oficinas, un número mínimo de contratos realizados,..., índices que se analizará su grado de cumplimento cada dos años para renovar o no la relación con la Administración Pública. También se le exigirá a la empresa de colocación, una memoria anual a presentar obligatoriamente en el primer trimestre del siguiente ejercicio al cerrado.

- Solvencia económica y humana

Se le va a exigir a las agencias de colocación que dispongan de un local físico y de un número de personas mínimo para atención al público. A su vez se le exigirá disponer de solvencia económica para poder desarrollar la actividad.

Si se cumplen todos estos requisitos, el Gobierno otorgará la licencia de Agencia de Colocación por un período de cinco años prorrogables si se siguen cumpliendo los mismos.

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Vía | Expansión
Imagen | osinaref
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