Novedades en la declaración de la renta

13 abril 2011



Como todos los años cuando llega la fecha para presentar la declaración de la renta, la Agencia Tributaria introduce novedades en esta materia.

Una de las primeras novedades introducidas ha sido que desde el pasado 4 de abril ya es posible solicitar y confirmar el borrador de nuestra declaración siempre que se haga telefónica o por medios telemáticos. Hasta el año pasado podíamos recibir el borrador de la declaración en el mes de marzo pero hasta el mes de abril no podíamos confirmar el mismo.

Otra de las novedades introducidas quizás la más importante, es que ya no es necesario disponer de certificado electrónico para poder presentar la declaración de la renta. Antes casi ningún particular disponía de certificado para poder trabajar con la Agencia Tributaria, con lo que realizaban la presentación en papel teniendo que desplazarse hasta la Delegación Tributaria más cercana. Ahora con sólo disponer del NIF del contribuyente y del número de referencia del borrador será posible realizar la presentación.

Se elevó desde el año 2.010 el importe exento para el pago de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, pasando de los 12.020 € a los 15.500 €.

El tipo de retención para los rendimientos procedentes del ahorro se situó en el 19 % para los primeros 6.000 € y en el 21 % una vez superada esta cifra.

Se estableció una nueva deducción para las obras de mejora o rehabilitación en la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el pago de las facturas que justifiquen estas obras no se haya realizado en efectivo. Esta deducción estará vigente hasta el 31 de diciembre del año 2.012.

Vía | Para Saber
Imagen | Amio Cajander
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