Nuevo contrato de formación

02 septiembre 2011



El contrato de formación podrá realizarse a personas entre 16 y 25 años que no tengan titulación alguna. De manera coyuntural podrá utilizarse esta modalidad de contratación hasta el año 2.013 para contratar a personas cuya edad no supere los 30 años y que tampoco dispongan de titulación alguna que les habilite para desarrollar las funciones propias del puesto de trabajo. Si la persona tuviese alguna discapacidad no hay edad límite para realizar el contrato.

Este contrato tiene una duración máxima de dos años, pero puede ampliarse otro año más si lo estima la empresa y siempre de acuerdo a las necesidades de la misma o bien si le trabajador quisiera seguir formándose.

La persona que se contrate bajo esta modalidad como máximo podrá trabajar el 75 % de la jornada, si la jornada diaria en la empresa es de 8 horas, el trabajador sólo podrá trabajar el 75 % de esas 8 horas. Las personas contratadas bajo esta modalidad no pueden realizar horas extras ni trabajar en turnos, lo que parece  incongruente ya que la mayoría de las empresas abren sus instalaciones mañana y tarde. 

El salario que cobrará no estará por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, como mínimo debe de ser este, 641,40 €/mes, sobre esta cantidad debe de realizarse el cálculo correspondiente en función de las horas que trabaje la persona contratada bajo esta modalidad.

La persona contratada bajo esta modalidad una vez se extinga este contrato tiene derecho a la prestación por desempleo.

Para las empresas existen unas bonificaciones si las personas contratadas estaban inscritas en el paro antes del 16 de agosto, de una reducción del 100 % en las cotizaciones empresariales.

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Imagen | edans
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