Orden HAP/537/2012, modelo para solicitar el cobro de facturas pendientes a las Administraciones Públicas

23 marzo 2012

El 15 de marzo era el plazo fijado por el Ministerio de Hacienda para que las distintas Administraciones Públicas, sobre todo Ayuntamientos y Comunidades Autónomas le remitiera un listado con todas las facturas que se encuentren pendientes de pago al cierre del año 2.011.

Muchos empresarios y autónomos se encuentran nerviosos porque desconocen si sus facturas pendientes han sido incluidas en el citado listado o no, estando incluidas saben que aunque tengan que acudir a una quita o perder algo de dinero van a cobrar la misma.

¿Pero cómo podríamos averiguar si nuestra factura ha sido incluida o no en el citado listado?.

Una solución es acudir a la citada deudora o entidad y solicitar que se reconozca por escrito la deuda que dicho organismo mantiene con nuestra empresa, este organismo esta en la obligación de emitirnos un certificado donde se reconozca la deuda que mantienen con nosotros, con lo que al instante conoceremos si nuestra factura entró en la famosa lista o no.

Este documento deberá ser emitido por el interventor y tendrá un plazo máximo de 15 días para su emisión desde la fecha de entrada en el Registro de nuestra solicitud.

En el caso de que el organismo no responda se entenderá que existe y es cierta la citada deuda por silencio administrativo.

Es una buena medida, sencilla de aplicar y que va a obligar a las Administraciones Públicas a llevar un control de las facturas pendientes de pago, este registro deberá ser comunicado al Ministerio de Hacienda que controlará y auditará de esta manera en parte la libertad con al que hasta ahora se venían manejando las cuentas públicas.

Les adjunto vía BOE el documento que pueden rellenar para presentar ante la Administración Pública que mantenga la deuda con su empresa.



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