Medidas contra el paro juvenil y emprendedores

26 febrero 2013



El Gobierno ha aprobado una serie de medidas con las que intenta luchar contra el elevado paro juvenil que existe en nuestro país y favorecer la creación de nuevas empresas y autónomos.

Las principales medidas adoptadas han sido las siguientes:

- Se podrá formalizar un contrato de prácticas una vez se haya terminado un contrato de formación con el mismo trabajador.

- Se establece el pago de un cupón de autónomos para personas menores de treinta años por un importe de 50 euros mensuales siempre que inicien una actividad por cuenta propia y sólo durante los seis primeros meses. Una vez pasados los seis primeros meses se aplicará una reducción del 50 % sobre la base mínima de la cotización del autónomo. Una vez finalice el primer año, los hombres que tengan hasta treinta años de edad y las mujeres con el límite de treinta y cinco años  durante los siguiente dieciocho meses, es decir desde el primer año que se den de alta y hasta el segundo año y medio disfrutarán de una reducción del 30 % en sus cotizaciones como autónomos.

- Para las empresas de nueva creación, durante los dos primeros años tributarán en el Impuesto de Sociedades a un tipo reducido del 15 % hasta los primeros 300.000 euros y al 20 % por los restantes.

- En el IRPF, el contribuyente que inicie una nueva actividad económica tendrá una reducción del 20 % sobre los rendimientos netos, el primer año que estos sean positivos y el siguiente.

- Si los desempleados deciden darse de alta como autónomos y solicitan el pago único de la prestación por desempleo estarán exentos de tributar en el IRPF por la misma en su totalidad.

- Los jóvenes que contraten a parados mayores de 45 años tendrán una reducción del 100 % en las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Esta medida se mantendrá hasta que el nivel de paro en España baje del 15 %.

- Si un contrato temporal realizado a un joven hasta 30 años se transforma en indefinido se recibirá una subvención de entre 500 y 700 euros.

- Las ETT podrán realizar contratos de formación y aprendizaje.

- Los menores de treinta años podrán compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el inicio de un nuevo negocio durante nueve meses.

- Las empresas con más de 250 trabajadores en su plantilla y que contraten a trabajadores jóvenes a tiempo parcial sin experiencia previa, en el paro por un período superior a los doce meses o que provengan de sectores donde no exista demanda de empleo, tendrán una reducción del 75 % en las cuotas a la Seguridad Social. Medida que se mantendrá activa hasta que no se reduzca el nivel de desempleo por debajo del 15 %. En el resto de empresas con menos de 250 trabajadores en su plantilla la reducción será del 100 %.

- Las empresas y los autónomos con hasta nueve trabajadores que contraten a una persona menor de treinta años de manera indefinida tendrán una reducción del 100 % en las cuotas empresariales por contingencias comunes en su cotización a la Seguridad Social.

En ContaFisca | Real Decreto Ley 4/2013
Imagen | xornalcerto

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