Obtención del borrador #IRPF

08 abril 2013

¿Que contribuyentes pueden obtener el borrador de la renta?.

- Los que exclusivamente reciban rendimientos procedentes del trabajo.

- Rendimientos procedentes del capital mobiliario sujeto a retención o si proceden de Letras del Tesoro.

- Ganancias patrimoniales sujetas a retención, como la renta básica de emancipación, subvenciones para la adquisición de vivienda.

- Pérdidas derivadas de la venta de acciones.

- Imputación de rentas inmobiliarias si proceden de un máximo de ocho inmuebles.

- Los rendimientos procedentes de entidades en régimen de atribución de rentas si estos han recibido rendimientos mobiliarios o inmobiliarios, si estos han sido atribuidos a los comuneros.

En el caso de que la AEAT no pueda realizar el borrador podrá poner a disposición del contribuyente la información fiscal de que disponga respecto al mismo.

La no recepción del borrador o de los datos fiscales no exime al contribuyente de si estando obligado a presentar la declaración de la renta no lo realiza pueda realizarse una liquidación provisional con la correspondiente sanción.

Desde el 2 de abril ya es posible obtener el borrador de la declaración a través de internet, para ello el contribuyente deberá tener a mano su NIF, el importe de la casilla 620 de la declaración del año anterior y un teléfono móvil para recibir el número de referencia.

A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria empezará a remitir por correo postal a los contribuyentes que lo hubieran solicitado de esta manera el borrador de su declaración de la renta.

En ContaFisca | Adelanto en fecha para presentar telemáticamente la declaración por IRPF
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