El comedor de empresa cotiza

25 febrero 2014


Ya comentamos en su momento la ampliación que el Gobierno había realizado de los conceptos que se incluían a la hora de cotizar ante la Seguridad Social.

Así los gastos de estancia, locomoción y manutención que se incluían en las nóminas de los trabajadores y que se encontraban exentos de cotizar ante la Seguridad Social debían de empezar a incluirse mensualmente en las cotizaciones.

El Gobierno amplió el plazo para regularizar esta situación hasta el próximo 31 de mayo, ya que las empresas se habían encontrado con un problema en las nóminas que ya tenían realizadas en el mes de diciembre y no habían tenido tiempo material para incluir estas nuevas cotizaciones en los tc-1, a pesar de que primeramente se estableció el 31 de marzo como fecha límite para esta regularización.

Ante consultas realizadas a la Tesorería de la Seguridad Social sobre si la subvención que las empresas proporcionan a sus trabajadores a través del comedor de empresa se encontraba o no incluido dentro de la nueva base de cotización, esta ha respondido que si, que si debe incluirse, pero únicamente la parte que la empresa subvencione.

Vía | Expansion
Imagen | El Teularet

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