Aprobado el régimen económico y fiscal de las Islas Canarias

02 enero 2007

La nueva regulación será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto-Ley, el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias y la Zona Especial Canaria para el periodo 2007–2013. Las empresas radicadas en Canarias se beneficiarán de ayudas por un importe de 7.135 millones de euros, cifra que en su práctica totalidad corresponde al Impuesto sobre Sociedades y que, por tanto, se computará como beneficio fiscal en los Presupuestos Generales del Estado.

Este régimen fiscal tiene por objeto ayudar a compensar los costes adicionales en los que incurren las empresas radicadas en Canarias y constituye una herramienta fundamental para favorecer la creación de empleo e incentivar el desarrollo económico. Además, en relación con el régimen vigente, se introducen ciertas mejoras cuyo objetivo es optimizar la operatividad del sistema y evitar distorsiones observadas en el periodo que vence el 31 de diciembre de 2006.

El Régimen Económico y Fiscal de Canarias, además de contener una reducción de la tributación en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de la Reserva para Inversiones en Canarias, prevé exenciones por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y por el Impuesto General Indirecto Canario y una bonificación por la venta de bienes corporales aplicable en el Impuesto de Sociedades y en el IRPF.

Zona Especial Canaria

También se ha autorizado la Zona Especial Canaria (ZEC), cuya finalidad es fortalecer el tejido industrial de las Islas. Para mejorar la eficacia de este instrumento se establece la extensión de su vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2013 para obtener la autorización para participar en este régimen, y hasta el 31 de diciembre de 2019 para disfrutar del mismo. Las empresas acogidas al régimen de la ZEC en la actualidad seguirán disfrutándolo hasta el 31 de diciembre de 2008. El Gobierno planteará a la Comisión Europea la extensión de estos beneficios a un período temporal más.

Además, se flexibilizan determinados requisitos de inversión y empleo aplicables en el caso de las islas no capitalinas, y se fija un tipo único de gravamen del Impuesto sobre Sociedades aplicable a las entidades de la Zona Especial Canaria, del 4 por 100, que sustituye al vigente sistema de varios tipos aplicables en función de diversas variables.

También se incluyen nuevas actividades que pueden acogerse a este régimen: el mantenimiento aeronáutico, la generación de energía renovables y el mantenimiento y reparación de motores de vehículos aeronáuticos.

BOE

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