El borrador de la AEAT

22 abril 2007

La Agencia Tributaria inició durante este mes de abril el envío del borrador con los datos que tenia a su disposición el 31 de marzo de 2007.

He observado este año como las personas se están quejando de que el borrador no recoge todos los datos que debiera contener, en mis carnes lo he sufrido, rentas del trabajo que no aparecen (peligroso) y sobre todo las cuentas viviendas (en mi borrador no aparece), los bancos sólo han empezado a enviar los datos fiscales a las sociedades y ¡ las personas que !.

Ante esta situación la gente se pregunta si debe o no debe declarar esos datos que ellos conocen y la Agencia Tributaria en teoría no, la recomendación es clara, si se tienen datos que no aparecen en el borrador hay que declararlos, el borrador no exime a la Agencia Tributaria de que en los cuatro años siguientes si descubriera esos datos emita declaración paralela exigiendo las cantidades no ingresadas más la sanción correspondiente, sanción que puede llegar a ser del 50% de lo dejado de ingresar.

Antes de confirmar un borrador revisar bien los datos que contiene y si se tienen dudas acudir a un Asesor Fiscal para que les realice su declaración de IRPF, que por otra parte es también la única persona que en caso de errores puede asumirlos, ya que le tocaría "rascarse el bolsillo", las declaraciones que realizan los funcionarios de la Agencia Tributaria no eximen de que en caso de equivocarse, la Agencia Tributaria asuma el error como suyo.

Caso idéntico pasa en los bancos, errores de los banqueros no eximen de responsabilidad alguna ante la Agencia Tributaria si se han omitido datos.

Si lo que queremos es validar el borrador recibido lee esta entrada.
Como solicitar el borrador, en esta entrada.

Vota este artículo:

Blogalaxia Tags:

Technorati Tags: , , , , ,

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah