TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
REFERENCIA: 123103-CONCEPTO
PREGUNTA: ¿Existe alguna deducción por maternidad a partir del 1 de enero de 2003?
RESPUESTA:
Sí. A partir del 1 de enero de 2003 las mujeres con hijos menores de tres años con derecho al mínimo familiar por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del impuesto hasta en 1.200 euros anuales por hijo. La deducción se calculará proporcionalmente al numero de meses en que concurran los requisitos. Se podrá solicitar a la AEAT. El abono de esta deducción de forma anticipada.
NORMATIVA: Artículo 83 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
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3 comentarios:
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SOY HOMBRE Y COGÍ LA BAJA POR MATERNIDAD ENTERA PORQUE MI MUJER NO TRABAJA.¿ME CORRESPONDE DEDUCCION POR MATERNIDAD EN LA DECLARACION DE HACIENDA?
ResponderEliminarNo, ya que uno de los requisitos es que la mujer trabaje y en su caso no cumple el mismo.
ResponderEliminarNo, ya que uno de los requisitos es que la mujer trabaje y en su caso no cumple el mismo.
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