La prestación de desempleo, más conocido como el cobro del paro, debe ser declarada en la declaración de la renta según el artículo 16 de la anterior Ley del IRPF.
El importe recibido en la casilla 001, la cotización a la Seguridad Social en la casilla 009, la retención realizada en la casilla 738.
Los datos anteriores pueden ser introducidos en la pantalla que se abre al pinchar sobre la casilla 001 en su correspondiente casilla, encargándose el programa de trasladarlos a sus correspondientes lugares.
Vota este artículo:
View blog reactions

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.