Esta obligación de información viene recogida en el plan de prevención del fraude fiscal.
Las compañías eléctricas están obligadas a presentar anualmente una declaración con el dato del titular del contrato y con aquellas personas que pagan el recibo de la luz pero que no son los titulares del contrato.
Junto a esta información, deberán añadir la información catastral del inmueble y su dirección, la potencia contratada y el consumo realizado
Junto a estas medidas se espera la aprobación en Consejo de Ministros de otra nueva medida para luchar contra el fraude fiscal, la retirada del NIF a aquellas empresas que después de un mes no hayan comunicado a través del modelo 036 el inicio de actividad o a aquellas otras que se descubra que su actividad es falsa.
Vía |El País
En ContaFisca | Próximas inspecciones: alquileres y venta de viviendas, Ley de Prevención del fraude fiscal

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.