Ayudas al alquiler de una vivienda

18 septiembre 2007

El Gobierno en el día de hoy ha propuesto dos medidas (entrarán en vigor el 1 de enero de 2.008) para incentivar el mercado del alquiler en España:

1.- Desgravación fiscal del alquiler

Para inquilinos (sin límite de edad), con ingresos inferiores a 24.000 euros netos anuales, 28.000 euros brutos al año, se crea una deducción por importe del 10,05 % en la declaración de la renta, con el límite de 9.015 euros anuales, a deducir en la cuota estatal del Impuesto sobre la Renta.

2.- Ayudas a jóvenes con rentas bajas para que puedan acceder a alquilar una vivienda

Para acceder a esta ayuda, que no será universal, será necesario tener entre 22 y 30 años, estar trabajando (con contrato de trabajo y alta en Seguridad Social o ser autónomo o estar cobrando la prestación por desempleo o becarios de investigación) y rentas inferiores a 22.000 euros anuales. Esta ayuda no es válida para contratos de alquiler ya firmados, sólo para los que se firmen a partir del 1 de enero de 2.008.

Cumpliendo estos requisitos se podrá acceder a una ayuda para alquilar una primera vivienda, por importe de 210 euros mensuales, durante cuatro años como máximo.

También es posible acceder a un préstamo por importe de 600 euros para la fianza y un aval correspondiente a seis meses de alquiler.


Los propietarios no tendrán que declarar en su declaración de la renta que presentarán en el año 2.009 y correspondiente a las rentas obtenidas en el ejercicio 2.008, los ingresos obtenidos del alquiler realizado a jóvenes menores de 35 años, ya que los mismos a partir del 1 de enero de 2.008 estarán exentos.


No tendrán derecho a estas ayudas los contratos de alquiler realizados entre familiares, ya que serán considerados realizados en fraude de ley.

Estas medidas tomadas en el día de hoy, forman parte de un paquete de medidas más amplias que se darán a conocer en los próximos días, con ellas se pretende reactivar el mercado del alquiler frente a la mentalidad de propiedad que tiene el ciudadano español.

Vía | El País
En ContaFisca |

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