Tributación del arrendamiento de inmuebles en la declaración de la renta

15 mayo 2008

El arrendamiento de un bien inmueble que se destine a ser utilizado como vivienda, podrá reducir el rendimiento neto que obtenga por el alquiler en un 50 %.

Desde el pasado 1 de enero de 2.007, esta reducción llegará hasta el 100 %, si el arrendatario tiene entre 18 y 35 años y sus rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas son superiores al IPREM.

Para poder aplicar la reducción del 100 % sobre los rendimientos obtenidos el año anterior, el arrendatario tiene que presentar al arrendador, entre los días 1 de enero y 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquél en que deba surtir efectos un escrito con el siguiente contenido, que deberá ser conservado por el arrendador:

- Nombre, apellidos, domicilio fiscal y N.I.F. del arrendatario y del arrendador.

- Referencia catastral del inmueble arrendado que constituyó su vivienda en el período impositivo anterior.

- Indicar tener una edad entre 18 y 35 años, durante el período impositivo o los días que se cumplió con este requisito.

- Manifestar haber obtenido durante el período impositivo anterior, unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas superiores al IPREM.

-Fecha y firma del arrendatario.

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