Los trabajadores temporales sin los 400 euros

17 julio 2008


Los primeros días del presente mes de julio, los trabajadores asalariados observamos como las nóminas se habían incrementado en los primeros 200 euros prometidos por el gobierno o bien en la retención que nos hacía nuestra empresa, siempre con el límite de 200 euros.

Como ya adelantamos en su momento, un gran número de trabajadores y pensionistas, así como aquellas personas que no tengan obligación de realizar la declaración de la renta, no recibirán en su totalidad los 400 euros.

Por ley los contratos temporales con duración inferior a doce meses, llevan una porcentaje de retención mínimo del 2 %.

Durante el mes de junio, la deducción de 200 euros fue para todos los trabajadores, por lo que se realizó independientemente del tipo de retención que apareciera en la nómina.

A partir del mes de julio, entra en vigor la nueva norma aprobada por el Gobierno, donde se excluye de la deducción a aquellos trabajadores cuyo tipo de retención sea el mínimo del 2 %, por lo que aquellos trabajadores cuyo tipo de retención en la nómina sea el mínimo del 2 %, no tendrán derecho a que en las mismas, a partir del mes de julio, se les devuelva los 33,33 euros que correspondería deolver mensualmente hasta el mes de diciembre, para que a final de año se hubiera procedido a la devolución de las retenciones por importe de 400 euros.

En ContaFisca

Cálculo de las retenciones tras los 400 euros
Orden EHA 1796/2008
Aprobada la devolución de los 400 euros
Descarga del Real Decreto
La Agencia Tributaria enviará un programa informático para calcular la deducción de los 400 euros
Empleados con dos pagadores pueden recibir el doble de los 400 euros
Borrador para aplicar los 400 euros en las nóminas
La deducción de 400 euros no es para la renta de 2.007
400 euros para los autónomos
400 euros para cada contribuyente
La ayuda de 400 euros para abril
Zapatero sólo devolverá a los que más ganen
¿Subida de sueldo?

Más información

Libertad Digital

5 comentarios:

  1. No es correcto decir que los temporales se quedarán sin los 400 Euros. Creo que este post lleva al error a cualquier lector poco informado. Y se supone que estamos en un blog para informarnos!!!

    Por un lado, decir que no sólo se mantiene el mínimo del 2% para contratos inferiores al año, sino que también se mantiene el mínimo del 15% para administradores.

    La deducción de los 400 Euros en cuota, se aplica como una regularización del tipo de retención. Es decir, que el empleado lo disfruta como una menor retención en sus cobros de junio a diciembre. Pero aquellos cuya retención no es suficiente (menos de 400 euros en el segundo semestre), no se verán beneficiados de forma anticipada. SEAN TEMPORALES O FIJOS, SI NO TIENEN SUFICIENTE RETENCION, NO TIENEN DEDUCCIÓN.

    Aunque siempre se puede hacer la declaración de la renta del 2008, en dónde si queda deducción pendiente, se aplica.

    Conclusión, el mínimo del 2%, de cara al anticipo de la deducción, sólo afecta en un 2%, a aquellos empleados cuyo tipo de retención de regularización nuevo, se quede en el 1% o el 0%. Pero para todo el resto, que tiene un tipo de retención superior (aqui se incluyen sobradamente a todos los mileuristas), no se ven afectados.

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  2. A un trabajador con contrato temporal inferior a 12 meses, se le estará reteniendo el mínimo el 2 %, tipo de retención que según aprobó el Gobierno no da derecho a la devolución de las retenciones en nómina, teniendo que acudir a la declaración de la renta para saber si va a recibir o no los 400 euros,¿se quedan sin los 400 euros frente al resto de trabajadores que si lo recibirán?.

    La deducción no viene porque le retengan o no, sino que en principio se tiene derecho si el tipo de retención es superior al mínimo del 2 %, por lo tanto en principio todos los trabajadores con un tipo de retención superior al 2 % recibirán la devolución.

    Queda claro que para recibir la devolución antes debe ser retenido, por lo que no comprendo los términos de "si no tiene suficiente retención, no tiene deducción", si le retienen en principio tiene deducción, la retención no determina la devolución, sino el tipo de retención.

    El tipo de retención como deja entrever va en función del sueldo recibido, obviando las circunstancias familiares que son las que determinan un mayor tipo de retención.

    Matizar que en los convenios colectivos pocos fijan sueldos de mileruista, teniendo los trabajadores que trabajar horas "extras" para poder llegar a esos sueldos.

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  3. Corrección: si no tiene suficiente retención, no tiene ANTICIPO de deducción.
    Es decir, no tiene la posibilidad de que la empresa le anticipe los 400 Euros.
    Insisto en que este post, lleva a confusión al decir que los temporales no tendrán los 400 Euros.

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  4. Corrección: si no tiene suficiente retención, no tiene ANTICIPO de deducción.
    Es decir, no tiene la posibilidad de que la empresa le anticipe los 400 Euros.
    Insisto en que este post, lleva a confusión al decir que los temporales no tendrán los 400 Euros.

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  5. A un trabajador con contrato temporal inferior a 12 meses, se le estará reteniendo el mínimo el 2 %, tipo de retención que según aprobó el Gobierno no da derecho a la devolución de las retenciones en nómina, teniendo que acudir a la declaración de la renta para saber si va a recibir o no los 400 euros,¿se quedan sin los 400 euros frente al resto de trabajadores que si lo recibirán?.

    La deducción no viene porque le retengan o no, sino que en principio se tiene derecho si el tipo de retención es superior al mínimo del 2 %, por lo tanto en principio todos los trabajadores con un tipo de retención superior al 2 % recibirán la devolución.

    Queda claro que para recibir la devolución antes debe ser retenido, por lo que no comprendo los términos de "si no tiene suficiente retención, no tiene deducción", si le retienen en principio tiene deducción, la retención no determina la devolución, sino el tipo de retención.

    El tipo de retención como deja entrever va en función del sueldo recibido, obviando las circunstancias familiares que son las que determinan un mayor tipo de retención.

    Matizar que en los convenios colectivos pocos fijan sueldos de mileruista, teniendo los trabajadores que trabajar horas "extras" para poder llegar a esos sueldos.

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