Delito fiscal

22 septiembre 2008

La legislación española castiga con penas de multa y cárcel a quienes incumplen con sus obligaciones tributarias, obteniendo un beneficio económico personal y un perjuicio patrimonal para la Hacienda Pública.

Este perjuicio puede provenir de haber pagado menos de lo que se tenía que haber pagado, por no haber pagado nada o por haber obtenido beneficios fiscales o devoluciones procedentes de la Hacienda Pública indebidamente solicitadas, producidas por errores, por facturas falsas o por ocultación de información.

Hacienda puede llevar ante un juez al sujeto tributario que defraude 120.000 euros por tributo y año y que estime que lo ha hecho intencionadamente.

Por debajo de esta cifra o si no ha habido intención de defraudar, no existe delito fiscal y Hacienda suele imponer una multa que va entre el 50 % y el 150 % de la cantidad defraudada.

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