Penalizaciones por no renovar la demanda de empleo

30 septiembre 2009

Si se está cobrando la prestación por desempleo uno de los requisitos más importantes y que no debe olvidarse nunca, es sellar la tarjeta de demandante de empleo en nuestra Oficina del Servicio Público de Empleo, bien acudiendo personalmente o aún más fácil acudiendo a internet para realizar este proceso, con lo que evitaremos colas innecesarias y poder realizarlo en cualquier momento, ya que lo único que se hace con este proceso es decir que seguimos en paro y en teoría estamos buscando activamente trabajo.

¿Qué pasa si no renovamos la demanda el día que nos tocaba?.

Que pueden penalizarnos sin el cobro del subsidio de una, a tres o seis mensualidades, dependiendo de las veces que se nos haya olvidado sellar la demanda.

Con un mes, si es la primera vez que no lo hacemos.
Con tres meses, si es la segunda vez.
Y con seis meses, si es la tercera vez.
En el caso de que se produzca una cuarta vez, se nos sancionará con la pérdida total del derecho al cobro de la prestación por desempleo.


Imagen |

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah