Notificaciones electrónicas

28 diciembre 2010

La Agencia Tributaria se ha encargado de distribuir el siguiente Power Point para que las empresas comprendan en qué consiste las nueva notificaciones que recibirán a partir de ahora y que dejarán de ser remitidas en papel para empezar a ser electrónicas.

La entrada de las notificaciones electrónicas entrará en vigor el próximo 1 de enero del año 2.011, pero la misma no será efectiva para las empresas mientras la Agencia Tributaria no se lo comunique fehacientemente, con lo que existirá un período de tiempo durante el cual ambos sistemas convivirán.

¿A quién afectará la notificación electrónica?.

A las sociedades mercantiles que sean S.L. y S.A. principalmente.

La Agencia Tributaria como hemos comentado anteriormente dará de oficio el alta a los obligados tributarios, por lo tanto no será necesario que tengan que realizar ningún trámite adicional.

Será obligatorio entrar como mínimo cada diez días para ver si hay alguna notificación electrónica, la Agencia Tributaria es el plazo que ha establecido para recoger las mismas, en el caso de que no se entre la Agencia Tributaria dará igualmente por notificado al contribuyente y continuará con el expediente que este llevando a cabo en su contra.

Existe la posibilidad de que las empresas puedan autorizar mediante apoderamiento a un economista para que recoja telemáticamente y en su nombre las notificaciones recibidas en su dirección electrónica.

El sistema es mejor para la Agencia Tributaria ya que siempre va a entender que se ha procedido a la notificación al contribuyente, mientras que el contribuyente que reciba la notificación puede no entender lo que le están notificando y a partir de ahora no podrá dilatar en el tiempo las notificaciones recibidas, sino que deberá de hacer caso a las mismas, bajo la consecuencia de ser sancionado sino lo hace.



Vía | 
Imagen | 
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah