Indemnización por despido

27 enero 2011



Nos preguntan a través del correo electrónico si es posible conseguir la indemnización máxima de 45 días por año trabajado en caso de despido improcedente cuando en su empresa están despidiendo con la indemnización de 33 días pro año trabajado.

Nuestra respuesta es que si es posible, si el contrato no se celebró bajo la modalidad de contrato para el fomento de la contratación indefinida, no puede indemnizarse con 33 días por año trabajado que es la indemnización que establece este tipo de contrato para despidos improcedentes, sino que debe indemnizarse con la cantidad de 45 días por año trabajado.

Su empresa esta interpretando mal la reforma laboral que aprobó el Gobierno, sólo los contratos para el fomento de la contratación indefinida pueden indemnizarse con 33 días, los contratos anteriores deben ser indemnizados con la cifra de 45 días.

Nuestra recomendación es que en el caso de ser despedido se ponga inmediatamente una papeleta de conciliación y demanda ante el juzgado de lo social.

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Imagen | morrissey
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