Compra de inmuebles a empresas en concurso

18 abril 2011



La Agencia Tributaria se encuentra con problemas a la hora de poder cobrar el IVA en la venta de inmuebles de las empresas que se encuentran en concurso de acreedores.

El problema se produce porque todos los créditos que se generan una vez que el juez ha declarado el concurso de acreedores pasan a formar parte del paquete de créditos contra la masa, teniendo preferencias de pago, deben ser pagados primero, antes que los que se generaron antes de la declaración del concurso de acreedores por parte del juez.

Todos los ingresos que vaya obteniendo la empresa así como todo el cash que posea deben destinarse al pago de los créditos que nazcan a partir del momento de declaración de concurso.

En este sentido la Agencia Tributaria se ve perjudicada ya que si la empresa para poder pagar las deudas que ha contraído debe de vender algún inmueble, el dinero que obtenga será paga pagar esas deudas en función del orden de vencimiento de las mismas que exista. Puede suceder que cuando llegue el momento del pago de impuestos la empresas no disponga de liquidez para el pago de impuestos.

Para evitar esta situación la Agencia Tributaria quiere cambiar la legislación en vigor, haciendo que sea el comprador de los inmuebles de empresas en concurso lo que abonen los impuestos, en lugar, como sucede ahora del vendedor.

En ContaFisca | 
Vía | Cinco Días 
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