Una semana para echar a un inquilino moroso

04 noviembre 2011



Pues eso es lo que pretende el Gobierno con la aprobación de la Ley de Medidas de Agilización Procesal que el propietario de una vivienda mediante un proceso monitorio que sea lo más rápido y sencillo pueda reclamar las deudas al inquilino y en el caso de que siga negándose a pagar pueda echarle del piso y no tener que esperar durante meses o años la sentencia de un juez.

Esta Ley modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil y una vez que el arrendador presente la demanda por impago de cantidades, el secretario judicial dispondrá de diez días para notificar al deudor de su deuda y que proceda a abonarla o bien que abandone el piso o presente alegaciones al respecto de porque no esta pagando el alquiler.

Una vez trascurridos los diez días sin noticias del inquilino, el secretario judicial deberá determinar previa consulta con el arrendador la fecha en al que se procederá a desalojar al inquilino moroso.

Como siempre, una cosa es la teoría y otra la práctica, el principal problema de los juzgados españoles es la lentitud con al que se resuelven las denuncias, la ley puede establecer un período de tiempo pero otra cosa es la que va a suceder en la realidad y es que ningún secretario judicial va a cumplir el plazo fijado por la ley de diez días, pro lo que el proceso se alargará en el tiempo, quizás menos que en la actualidad, ya que lo se hace es reducir los trámites necesarios para desalojar a un inquilino moroso.

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Vía | Cinco Días
Imagen | xornalcerto
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