Nuevas medidas para el alquiler de viviendas

16 mayo 2012



La ministra del ramo Ana Pastor se ha propuesto modificar La Ley de Arrendamientos Urbanos y la de Enjuiciamiento Civil para liberalizar los contratos de alquiler. 

Hasta ahora el contrato de alquiler podía tener una duración de cinco años, pero con la nueva reforma que pretende aprobar el Gobierno la duración máxima pasaría a ser de tan sólo tres años.  Mientras la prórroga que hasta ahora era de tres años se vería reducida igualmente hasta el año.

A pesar de los plazos comentados anteriormente el inquilino puede cancelar el contrato de alquiler si avisa como mínimo con un mes de antelación. Igualmente el  propietario si avisa con un mes de antelación y la finalidad de romper el contrato es volver a destinarlo a vivienda, ya sea para el mismo o para sus familiares de primer grado, puede recuperar su vivienda.

La nueva reforma plantea que el IPC ya no sea utilizado como índice para la actualización de las rentas sino que se liberalice la actualización de las mismas sin utilizar ningún tipo de índice, desde ese momento se fijará de acuerdo al acuerdo al que lleguen propietario e inquilino.

Las medias que se plantean desde el Gobierno olvidan la principal demanda de los arrendatarios de vivienda, la eliminación y agilización de los trámites para echar de las viviendas alquiladas a los inquilinos morosos, por muchas medidas que se planteen mientras no se le de una solución a esta el mercado del alquiler no será muy elevado en España, debe de acabarse de una vez con tener que reclamar la deuda al inquilino, acudir al juzgado,..., deben de establecerse mecanismos más rápidos para recuperar la vivienda y los desahucios deben de ser realizados casi inmediatamente después de que el inquilino deje de abonar una mensualidad. Debe de favorecerse las intervención policial en aquellos desahucios que se prevean problemáticos y la ley debe cambiarse, en lugar de favorecer al inquilino debe de favorecer al arrendador que es la persona que se ve privada de una vivienda.

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