¿Autónomos, sociedad? ¿Qué me conviene más ser?

28 junio 2012



Nos han dejado la pregunta con la que abrimos la entrada de este post, un tema con el que poder estar entradas y tiempo en el blog hablando, pero centrándonos en la pregunta concreta que se realiza intentaremos dar una respuesta.

"Buenos días os pongo en situación porque tenemos un proyecto entre 3 personas y no sabemos cómo nos conviene más actuar.
Nuestra idea gira en torno a una web, obtendremos ingresos por publicidad y otros servicios derivados.
Los tres trabajaremos en la web y nos repartiríamos los ingresos en porcentajes que hemos acordado (60%, 25%, 15%)

Evidentemente como todo proyecto y más en este mundillo hasta que consigamos unos ingresos que nos permitan ir tirando tardaremos un tiempo.
Otro apunte importante, nuestro proyecto no requiere prácticamente inversión alguna, diseño web va por nuestra cuenta, hosting gratuito y dominio con coste ínfimo.
¿Qué es más conveniente para nosotros? ¿Autónomos, una sociedad? Nuestro objetivo (como creo que el de la mayoría de los que empezamos proyectos de este calibre) es pagar lo menos posible pero siendo legales. ¿Qué nos recomendáis?
Un saludo y gracias"
Para empezar en un negocio y sin tener nada claro, menos con la situación económica actual de incertidumbre, los ingresos que puedan obtenerse, crear una sociedad parece un coste muy elevado que en el caso de que no les vaya bien se incrementaría mucho más con las obligaciones de los administradores para liquidar la sociedad.


Para empezar lo que más les conviene es cotizar y tributar como autónomos, pequeños costes ante la Seguridad Social y de cara a la Agencia Tributaria quizás como empresarios individuales o quizás a través de una Comunidad de Bienes, habría que ampliar la información o conocer como avanza el negocio para ver si es conveniente que facturen individualmente o a través de una Comunidad de Bienes.


Se dice que es mejor constituir una sociedad que tributar como autónomo cuando la tributación en IRPF del autónomo supere el porcentaje que paga los beneficios que obtenga si tributara en el Impuesto de Sociedades, cuando esto se produzca fiscalmente suele ser recomendable crear una sociedad y tributar a través de ella.

En ContaFisca | 
Vía | 
Imagen | macha.cl

5 comentarios:

  1. Anónimo4:59 p. m.

    Entonces, en este supuesto, los 3 colaboradores deberían hacerse autónomos pagando todos la cuota de autónomos con todo lo que ello conlleva ¿no?

    ¿Eso no daría lugar a que haya un punto donde a uno le conviene ser autónomo y al de digamos el 15% no?

    ¿Hay alguna manera de ser uno autónomo y emplear a los otros dos colaboradores como eventuales o algo similar?

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    1. Así es, aunque crearan una empresa los tres serían socios y por lo tanto pagarían la cuota de autónomos, no hay ahorro en Seguridad Social.

      Todo depende de la facturación que se realice, si facturan mucho, el del 15 % seguro que no va a decir nada, si facturan poco y no llega a cubrir el cupón de autónomos empezarán los problemas.

      Si, uno puede darse de alta como autónomo y contratar a las otras dos personas mediante el contrato de trabajo que mejor se adecue a sus necesidades u obligar a que las otras dos partes le facturen si previamente se han dado de alta como autónomos.

      Muchas gracias por su aportación.

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  2. Hola! El post de hoy me ha resultado muy práctico e ilustrativo ya que es una duda que se plantea con frecuencia.
    En mi opinión, una buena opción sería la de constituir una sociedad civil que permita a los socios facturar como si de una única persona jurídica se tratase, aunque realmente a efectos tributarios continúen siendo personas físicas. Sería la alternativa a la comunidad de bienes puesto que, según parece, no hay activos comunes valiosos tales como inmuebles.

    Un saludo,

    Sara

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  3. Hola Angel Luis
    Estoy de acuerdo con Sara cuando lo que se pone en común es el trabajo y no un bien, se trata de una sociedad civil que es lo más correcto en este caso
    Yo me estoy planteando un caso similar, pero tengo las siguientes dudas: hay que hacer un unico modelo 036 para la sociedad civil con los nombres de los 3 comuneros o además hay que hacer un modelo 036 cada uno por separado?
    que gastos puedes imputar a la sociedad civil si trabajan desde casa los 3? gasolina? un porcentaje de la vivienda afecto a la actividad?
    gracias
    Almudena

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    Respuestas
    1. Buenas noches,

      Coincido con sus opiniones, cuando sólo se pone en común trabajo es mejor constituir una sociedad civil que una comunidad de bienes.

      Deberán realizar un modelo 036 para dar de alta a la sociedad civil y tres modelos de 036, uno por cada miembro que forme la sociedad civil ya que cada socio realizará la declaración por IRPF trimestral.

      Si el trabajo como indica se realizará desde casa, la gasolina es un gasto que será difícil demostrar que tiene algo que ver con la realización de la actividad. En cuanto al tema de la vivienda si sobre la misma se deducen en su declaración de la renta como vivienda habitual, deberán deducir de la misma el porcentaje que deje de destinarse a vivienda. En cuanto a los gastos referidos a la vivienda siempre que tenga individualizado el consumo de luz, agua, teléfono,..., a los metros cuadrados que destine al negocio podrá deducírselo, sino lo tiene individualizado será difícil demostrar que porcentaje del total de gastos de una vivienda corresponde a los metros cuadrados destinados al negocio.

      Muchas gracias a usted por visitar el blog.

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