Facturas electrónicas con Administraciones Públicas en el año 2.015

01 julio 2013

Factura


En el Consejo de Ministros del pasado viernes se han aprobado varias normas que van a cambiar la relación entre las empresas y las Administraciones Públicas.

Entre ellas se encuentra la creación de un registro único de facturas  y el registro electrónico de las mismas.

Las administraciones deberán tener un único punto donde recibirán de las empresas proveedoras sus facturas por este medio. Esto quiere decir, por ejemplo en Castilla La Mancha que este organismo deberá tener un registro electrónico único donde recibirá todas las factura que se realice a la Junta de Comunidades como a sus organismos e instituciones dependientes, todas se presentarán en el mismo sitio y no como ahora que hay que acudir al registro del organismo al que se le emite la factura.

El Gobierno pretende con este mecanismo que se agilice el pago de las facturas y el pago de intereses en el caso de que no se cumpla la Ley contra la morosidad, veremos si lo consigue.  

Las facturas que se presente en el Registro único electrónico deberán tener un modelo de factura establecido por una Orden Ministerial posterior.

A partir del 15 de enero del año 2.015 los contribuyentes que presenten sus impuestos por medios telemáticos estarán obligados a presentar las facturas que emitan a las Administraciones Públicas mediante este sistema.

Quien hace la Ley hace la trampa, las Administraciones Públicas podrán fijar que sólo las facturas por importe superior a 5.000 € sean las que obligatoriamente se registren, las de importe inferior no tendrían que ser recogidas.

En ContaFisca | 
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Imagen | Raul Ramirez

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