Emprendedor de Responsabilidad Limitada

03 octubre 2013



El Emprendedor utilizando la coletilla ·"de Responsabilidad Limitada" puede ver como limita su responsabilidad frente a las deudas que con motivo de su negocio puede llegar a tener.

Gracias a estas simple palabras si su vivienda habitual no supera el valor de 300.000 euros, verá como esta se considera inembargable. Si la población tiene más de 1.000.000 de habitantes, el límite será de 450.000 euros.

Cuando el emprendedor acuda a inscribirse en el Registro Mercantil que le corresponda deberá indicar la vivienda habitual que no podrá ser embargada, resulta de esta manera obligatorio hacerlo constar por escrito ante el Registro Mercantil.

Resulta obligatorio que el Emprendedor de Responsabilidad Limitada recoja por escrito en su documentación y mediante las anteriores palabras esta situación. En el caso de los autónomos deberán incluir el nombre, apellidos, la identificación fiscal y la abreviatura ERL.

En el caso de que el emprendedor no haya recogido ante el Registro Mercantil la existencia de una vivienda habitual inembargable, éste responderá con todo su patrimonio.

A parte de la inscripción en el Registro Mercantil será también obligatorio hacer constar en el Registro de la Propiedad el mismo hecho, la inembargabilidad de la vivienda habitual. Esta obligación recaerá en el Registrador Mercantil que hará llegar mediante medios telemáticos al Registro dela Propiedad donde se encuentre el bien inscrito esta situación.

En  el caso de que el emprendedor decida acogerse a este nuevo régimen estará obligado a presentar sus cuentas ante el Registro Mercantil aunque sea un autónomo.

Si el emprendedor no depositará sus cuentas ante el Registro Mercantil, una vez concluido los siete meses desde que se produjo el cierre de las cuentas anuales, se produciría una situación curiosa y es que su vivienda habitual podría ser embargada mientras las cuentas anuales no sean depositadas. 

En ContaFisca | 
Vía | 
Imagen | Neusa Cadore

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah