Despido y embarazo

06 noviembre 2013

Esperando

El Tribunal Constitucional ha considerado que el despido durante el periodo de prueba de una mujer embarazada, no se encuentra bajo la protección otorgada por el Estatuto de los Trabajadores a las mujeres embarazadas en caso de despido.

Aún en el caso de que la empresa desconozca el hecho de que la trabajadora no se encuentra embarazada, en caso de despido, el mismo siempre es considerado por los jueces como nulo.

Se considera legal el despido durante el período de prueba de una mujer embarazada desconociéndolo la empresa porque el Tribunal distingue que no se produce ningún despido sino un desestimiento del contrato formalizado por ambas partes.

El Tribunal dice que debe de existir un pleno desconocimiento por parte de la empresa del embarazo porque en caso contrario, en caso de que el desestimiento se produjera como consecuencia del hecho de que la mujer se quedó embarazada, dicho desestimiento sería nulo.

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Vía | CEF
Imagen | sarihuella

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