
En la presentación realizada el pasado viernes tras el Consejo de Ministros por Cristóbal Montoro, Ministro de Hacienda, sobre la reforma fiscal, presentó una nueva desgravación para las familias numerosas y para aquellas familias que tengan personas discapacitadas a su cargo, algo que puede interpretarse como una recuperación en parte de la ayuda a la dependencia que creó en su día el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
Como en muchos casos, las palabras o definiciones que se utilizan en materia fiscal necesitan de otras leyes para entenderlas, como por ejemplo, ¿a efectos fiscales qué se entiende por familia numerosa?.
Para ello hay que acudir a la Ley 40/2.013, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, en cuyo artículo 2 nos encontramos con la definición: "Familia numerosa es la integrada por uno o dos ascendientes, con tres o más hijos, sean comunes o no", esta definición se ve ampliada para "aquellas familias que estén formadas por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que uno de ellos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar" o"una familia con los dos ascendientes discapacitados o si uno de ellos tiene una discapacidad superior al 65 % o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes" o "el padre o la madre, separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que estén bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal" o "dos o más hermanos, huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas" o "tres o más hermanos, huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos". A parte de estas definiciones es obligatorio disponer del título oficial establecido al efecto, según se regula en el artículo 5 de la citada Ley.
También es necesario conocer a efectos de IRPF, cuándo se considera que una persona es discapacitada. Según esta Ley, se considera persona discapacitada aquella que tiene como mínimo un grado de discapacidad del 33 %, para ello, será necesario disponer del certificado emitido por el IMSERSO o por el órgano equivalente en su Comunidad Autónoma.
El objetivo del Gobierno con la nueva reforma fiscal es ayudar a las familias numerosas o con personas discapacitadas a su cargo, mediante el cobro de 100 euros todos los meses o un único cobro anual por el importe único de 1.200 euros, igual que la ayuda que reciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
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Vía | Expansión
Imagen | Iglesia en Valladolid
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