
Mediante sentencia del 17 de enero de 2.013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que fallaba contra el Reino de España al aplicar un tipo reducido de IVA a algunos productos sanitarios que no están contemplados por la normativa comunitaria, el Gobierno se ha visto obligado a modificar la Ley de IVA para incluir dentro del tipo impositivo del 21 % productos que tributaban hasta ahora al 4 %.
La subida afecta a los materiales que se utilizan para producir los medicamentos o los equipos sanitarios, el instrumental sanitario, el equipamiento y las prendas de uso en hospitales.
Las jeringas, termómetros y guantes, también tendrán un IVA del 21 %.
A pesar de esta subida de algunos productos, otros mantendrán su actual tipo reducido del 7 %, tales como las vendas, las gasas, o los botiquines para primeros auxilios. Las gafas y lentillas que se había especulado con la posibilidad de un alza en el tipo impositivo seguirán tributando al 7 %.
Los medicamentos seguirán tributando al tipo impositivo del 4 %.
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Vía | Expansión
Imagen | Josué Goge