Prohibido cortar agua, luz y gas a los consumidores

31 marzo 2020


El Consejo de Ministros ha aprobado que en la vivienda habitual de los españoles no se puedan cortar los suministros básicos mientras dure el estado de alarma.

También los autónomos y empresas podrán beneficiarse de esta prohibición. Durante los seis meses posteriores a la finalización del estado de alarma, este colectivo, podrá pagar las facturas de gas y electricidad que aplacen. También mientras dure el estado de alarma, podrán modificar o suspender sus contratos de suministro. Dicha modificación puede ser de potencia en el caso de electricidad o caudal en el caso de agua, estas modificaciones se realizarán sin coste alguno para empresas y autónomos.

También se ha visto ampliado el bono social, que supone un descuento directo del 25 % en la factura de la luz.

Esta ampliación del bono social se concede si la unidad familiar no tiene hijos menores y su renta no supera los 18.999 €. Si existe un menor, su renta no debe superar los 22.559 €. Si existen dos menores, la renta de la unidad familiar no debe superar la cifra de, 26.318 €.

Este bono social se aplicará mientras algún miembro de la unidad familiar no vuelva a tener trabajo o en caso contrario, su período máximo de aplicación será de seis meses.

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Imagen | ColiN00B
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