Si abres tu negocio en la desescalada, seguirás cobrando la prestación extraordinaria por cese de actividad

01 mayo 2020


Los autónomos que se encuentren cobrando la prestación extraordinaria por cese de actividad, van a seguir cobrando la prestación aunque vuelvan a abrir sus negocios durante el período de desescalada.

La duración de la prestación será hasta el último día del mes que dure el estado de alarma. En principio está previsto que el estado de alarma acabe el próximo 10 de mayo si no hay ninguna nueva ampliación, por lo que se cobraría hasta el 31 de mayo.

Esta prestación se creó para que fuera solicitada por todos aquellos autónomos que se vieron obligados a cerrar sus negocios como consecuencia del Covid-19 y por aquellos autónomos cuyo nivel de facturación disminuyera en un 75 %.

La prestación asciende al 70 % de la base reguladora por la que cotiza el trabajador autónomo. Como mínimo los trabajadores autónomos están recibiendo una ayuda de 661 € al mes.

Durante el período de tiempo en el que se reciba la ayuda, no hay que pagar la cuota de autónomo.

Aquellos autónomos que hayan visto como les cobran las cuotas de los meses de marzo y abril, la Seguridad Social devolverá de oficio dichas cuotas cobradas indebidamente.

Para solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad, no se exige período mínimo de cotización, tan solo estar dado de alta en el régimen de autónomos y estar al corriente de pago del cupón.

En ContaFisca | Cuándo recibiré el cupón de autónomos pagado en marzo, Todos los autónomos pueden acceder a la nueva prestación, No pagas autónomos si cierras o haces un ERTE
Vía | 
Imagen | La Moncloa
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