Se amplían los ERTE hasta septiembre

26 junio 2020


Tras un intenso "tira y afloja" entre Gobierno, sindicatos y patronal, por fin y apenas cuatro días antes de que finalizara el plazo de los ERTE de fuerza mayor, se ha conseguido llegar a un acuerdo entre las partes para que los mismos sean ampliados hasta el próximo 30 de septiembre con los siguientes cambios. Aunque el acuerdo todavía no está publicado en el BOE, habrá que conocer, como siempre, la letra pequeña, se puede ir avanzando los grandes titulares.

Las empresas va a poder pasar los ERTE por fuerza mayor a ERTE ordinarios por causas económica y organizativas, hasta que no se publique en el BOE, se desconoce cómo se podrá realizar este trasvase entre ambos tipos de ERTE.

Si la empresa comunica que deja de estar en ERTE por fuerza mayor porque reincorpora a todos sus trabajadores o pasa a un ERTE parcial, podrá volver al ERTE de fuerza mayor solo cuando se produzca un contagio de alguno de sus trabajadores o un rebrote de la enfermedad a nivel local, de Comunidad Autónoma o nacional, donde se obligue a volver a estar confinados o se restrinja la movilidad. Este supuesto debe de recibir la previa aprobación de las autoridades laborales competentes. Las exoneraciones en los seguros sociales, serán de un 80 % para los trabajadores que pasen a ERTE por fuerza mayor y 60 % para los trabajadores que no estén en ERTE, para las empresas con menos de cincuenta trabajadores y de un 60 % para los trabajadores que se incluyan en el ERTE y de un 40 % para los trabajadores que sigan trabajando, si la empresa tiene más de 50 trabajadores.

El Gobierno pretende que durante estos tres meses de aplicación, las empresas que se encuentren en ERTE de fuerza mayor, pasen a ERTE parciales o a ERTE ordinarios.

Los trabajadores que vean ampliados el ERTE de la empresa, seguirán cobrando como hasta ahora su prestación por desempleo, sin que les cuente período de consumo alguno de prestación por desempleo.

Las empresas tienen la prohibición de contratar trabajadores mientras sigan teniendo trabajadores en ERTE o la realización de horas extraordinarias. Tampoco se podrá externalizar la actividad mientras siga existiendo ERTE. Tampoco se podrá despedir mientras la empresa se encuentre en un ERTE.

Es obligatorio mantener los puestos de trabajo durante seis meses una vez se reanude la actividad tras el ERTE.

Las exoneraciones en las cotizaciones sociales para las empresas que sigan en ERTE por fuerza mayor, pasan ahora a denominarse ERTE en transición, pasarán a ser del 70 % en julio, 60 % en agosto y 35 % en septiembre, si la empresa tiene menos de cincuenta trabajadores. En el caso de tener más de cincuenta trabajadores, las exenciones serán del 50 %, 40 % y 25 %.

Para los ERTE de fuerza mayor parcial y los ERTE ordinarios, tendrán un 60 % de exoneración en las cotizaciones sociales para los trabajadores que vuelvan a la actividad y de un 35 % para los que sigan en ERTE, para las empresas de menos de cincuenta trabajadores. Para las empresas de más de 50 trabajadores, la exoneración será del 40 % para los trabajadores reincorporados y del 25 % para los no incorporados.

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