El Gobierno ha aprobado un modelo de declaración responsable para todos aquellos trabajadores por cuenta ajena que realizan su trabajo en alguna de las actividades consideradas esenciales. De esta manera van a poder probar antes las fuerzas de seguridad y orden público que el desplazamiento hasta el lugar de trabajo está justificado.
A parte de las actividades consideradas esenciales, los trabajadores que realicen actividades sindicales en las empresas o en los sindicatos o pertenezcan a asociaciones empresariales, también pueden continuar con su trabajo y le es obligatorio llevar este documento.
Los trabajadores autónomos al no tener derecho al permiso retribuido recuperable y siempre que sus actividades no se hayan visto suspendidas mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo podrán continuar sus actividades normalmente.
Lo que no explica el Gobierno es que si el trabajador es obligado por la empresa de una actividad no esencial a acudir a su puesto de trabajo y presenta este documento, quién será sancionado, el trabajador o la empresa por incumplir el estado de alarma. Las multas mínimas en algunas ciudades están siendo de 1.000 € por desobedecer el estado de alarma.
En ContaFisca | Cierre de todas las empresas en España, Actividades y servicios esenciales, Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo
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