TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
REFERENCIA: 123135-REGULARIZACIÓN PAGOS ANTICIPADOS POR DECLARANTE
PREGUNTA:
Comunicó en plazo que dejaba de tener derecho a la deducción mediante el Modelo 140. Con todo recibió dos pagos de 100 euros cada uno de más. ¿Qué hacer?
RESPUESTA:
Si es declarante, en la declaración hará constar el importe total de la deducción por maternidad a que tenga derecho, a continuación el importe de los pagos anticipados efectivamente percibidos y, por último, el saldo (a su favor o en contra). De esta forma, regulariza. No hay intereses de demora o recargos al no ser por causa imputable al contribuyente.
NORMATIVA: Artículo 83 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Artículo 60 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
(Ver entrada: límite para la deducción por maternidad)
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