
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes conceder la prestación por desempleo a los trabajadores que hubieran sido despedidos estando en período de prueba en sus contratos de trabajo, a partir del 9 de marzo.
Hasta este momento quien era despedido en período de prueba no tenía derecho a desempleo.
También tendrán derecho a la prestación por desempleo, aquellos trabajadores que hayan dejado voluntariamente un empleo anterior para acceder a otro, pero como consecuencia del Covid-19, el contrato de trabajo en la nueva empresa no se haya firmado. Dicha extinción voluntaria del contrato de trabajo debe haberse producido a partir del 1 de marzo.
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Imagen | La Moncloa