Un lector del blog nos pregunta cómo ha de contabilizarse una operación donde un cliente le ha anticipado un dinero a cuenta en señal de la aceptación y realización de la operación y si fiscalmente debe repercutir el IVA en la misma o no.
En materia fiscal responderemos que deberá calcular y aplicar el IVA del anticipo que su cliente le ha realizado. Ejemplo: Si la operación tiene una base imponible de 1.000 €, deberá aplicar el tipo impositivo del 18 % a la misma y el total que deberá facturar a su cliente será de 1.180 €.
La contabilidad de esta operación será la siguiente:
1180 (438) Anticipos de clientes
a) (700) Venta de mercaderías 1000
a) (477) HP IVA repercutido 180
Si la operación fuera por un montante total de 5.000 € (IVA no incluido), una vez entregada la mercancía debería realizar una factura por la diferencia existente con el anticipo:
Base Imponible: 4.000 €
IVA: 720 €
En la contabilidad realizaría el siguiente asiento:
4720 (430) Clientes
a) (700) 4000
a) (477) 720
Y por último:
1180 (430) a) (438) 1180
En la cuenta (430) tendremos 5.900 €, que es el importe con IVA de la operación.
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Imagen | Fotos Gov/Ba