Los siguientes días serán considerados fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en la comunidad autónoma de Castilla La Mancha:
1 de enero
7 de enero
19 de marzo
20 de marzo
21 de marzo
1 de mayo
31 de mayo
15 de agosto
1 de noviembre
6 de diciembre
8 de diciembre
25 de diciembre
Vía |
En ContaFisca |

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.